Consejo de la Judicatura resuelve reanudar el despacho interno en dependencias judiciales desde el 18 de mayo próximo
Esta nueva actividad se desarrollará de forma interna, desde el próximo 18 de mayo, a nivel nacional.
El viernes último, el CJ resolvió retomar parcialmente el trabajo en las Cortes Nacional y Provincial con el objetivo de despachar los procesos judiciales que se encuentran en trámite en sus dependencias, tanto en el sistema oral como escrito, en la forma que dispongan los jueces.
Esta nueva decisión fue hecha pública la mañana de este lunes y tendría concordancia con lo resuelto por el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional que determinó que, una vez cumplida la primera etapa de aislamiento de la emergencia sanitaria por el COVID -19, es necesaria la implementación de un periodo de distanciamiento social.
En el documento se explica que hasta cuando sea posible la reactivación normal de la atención a la ciudadanía en la Función Judicial, se retomará el despacho interno de las causas en trámite, pero no se permitirá el acceso de las y los usuarios a las dependencias judiciales.
Para efectivizar la resolución se aplicarán de forma estricta las disposiciones relacionadas con el distanciamiento social y el aforo máximo de cada dependencia judicial. Las direcciones provinciales del CJ organizarán los turnos laborales y determinarán el número de servidores judiciales necesarios para el despacho interno de los procesos.
En coordinación con el equipo jurisdiccional y administrativo, se establecerán medidas de bioseguridad para el manejo de expedientes. El juez y/o secretario a cargo de los procesos, así como el personal de archivo, precautelarán la integridad de esos documentos.
Otra disposición también define que los servidores judiciales del área de citaciones despacharán internamente los trámites pendientes, sin que esté autorizada, por el momento, la actividad de la citación. Las direcciones provinciales del CJ establecerán los horarios, la modalidad y el registro de la actividad laboral de las y los servidores judiciales.
Para las infracciones flagrantes en materia Penal, Violencia Contra la Mujer y Miembros del Núcleo Familiar, Adolescentes Infractores, Tránsito, Garantías Penitenciarias y Garantías Jurisdiccionales, se observarán las resoluciones vigentes emitidas por el Pleno del CJ durante la emergencia sanitaria.
Sobre la caducidad de prisión preventiva y prescripción de la acción penal se aplicará la disposición prevista en el artículo 5 de la Resolución 031-2020.
Finalmente se aclara que los servidores judiciales que presenten una o más condiciones de vulnerabilidad de contagio de COVID-19, como edad superior a 60 años, estado de gestación, en periodo de lactancia, patologías crónicas e inmunodeprimidos o el padecimiento de comorbilidades, debidamente justificadas, desarrollarán sus labores mediante la modalidad de trabajo domiciliario. (I)