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Adultos mayores pueden ser exonerados del pago al impuesto predial estos son los pasos para beneficiarse en Quito Confirmado

Adultos mayores pueden ser exonerados del pago al impuesto predial: estos son los pasos para beneficiarse en Quito. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página para poder ayudarte. También puedes participar en el WhatsApp Ecuador.

Solo aplica para quienes cumplieron 65 años hasta el 31 de diciembre de cada año anterior a la solicitud.

Actualmente, más de 77.000 adultos mayores pueden acceder a la exoneración del impuesto predial que impone el Municipio de Quito.

Para ello, lo fundamental será que el propietario de cualquier terreno haya cumplido 65 años hasta el año anterior a la solicitud, a fin de que sus documentos sean recibidos para el análisis correspondiente.

Para 2026, el Municipio indicó que el trámite es completamente en línea y, únicamente, es necesario tener una cuenta activa en el portal de Servicios Municipales.

Una vez dentro, la pestaña de “Más visitados” lo llevará a una opción de “Declaración de adulto mayor en línea”.

Allí deben completar una serie de datos personales y la información sobre patrimonio, según lo que consta en el artículo 14 de la Ley del Adulto Mayor.

Posterior a ello, el Municipio analiza los datos y en un lapso de 30 días emitirá el resultado positivo o enviará a corregir documentos.

Adicionalmente, las autoridades informaron que los trámites de años anteriores se deberán realizar en los puntos únicos de atención, ubicados en los balcones de servicios del Municipio.

En 2025, el Municipio de Quito recibió y procesó miles de solicitudes de exoneración del impuesto predial para adultos mayores, con cifras oficiales que muestran que se presentaron más de 5.200 solicitudes formales de exoneración solo en el primer trimestre del año, evidenciando una alta demanda del beneficio tributario entre las personas mayores de 65 años.

La exoneración del impuesto predial puede ser total cuando los ingresos por mes del solicitante no superan las cinco remuneraciones básicas unificadas o cuando su patrimonio no excede las 500 remuneraciones básicas unificadas.

“Si estos valores son superados, el impuesto a pagar se calculará de manera proporcional al excedente”, explicó el cabildo.