La justicia alcanza a Rafael Correa luego de tres años y cuatro meses de haber dejado el poder
A tres años y cuatro meses de haber dejado el cargo de Presidente de la República, Rafael Correa Delgado enfrenta su primera sentencia de culpabilidad, ratificada por tres Tribunales de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), por un delito de corrupción.
La tarde del lunes, con un voto de mayoría de los conjueces Lauro de la Cadena y José layedra, el Tribunal de Casación del caso Sobornos 2012-2016 declaró improcedentes los tres cargos casacionales planteados por el expresidente y con ello quedó ratificada la sentencia a ocho años de prisión en calidad de autor mediato por instigación del delito de cohecho pasivo agravado.
El conjuez Milton Avila mantuvo un voto salvado dentro del Tribunal de Casación, pues se apartó de dos puntos concretos abordados por el presidente de la Sala, De la Cadena, y el conjuez Layedra.
Al hombre fuerte de los Sectores Estratégicos y exvicepresidente de Correa, Jorge Glas, el informe de mayoría también le declaró improcedente el único cargo casacional que se le admitió y que tenía que ver con una supuesta «indebida aplicación» del artículo 42, numeral dos, literal a del Código Orgánico Integral Penal (Coip) que habla sobre la «autoría mediata».
Los jueces De la Cadena y Layedra para su análisis y una «cabal identificación» de las trece causales casacionales admitidas crearon cuatro grupos en los que colocaron los artículos que tenían que ver con el tipo penal de cohecho, relación al grado de participación, la circunstancia agravante de pandilla y un cuarto item en el que se colocaron otras normas contra las que se alegó una indebida aplicación, una errónea interpretación o contravención expresa (requisitos de la sentencia, reparación integral, materialidad de la infracción y culpabilidad, conducta penalmente relevante, dolo)
Los cargos casacionales de Correa y Glas estuvieron recogidos en los dos primeros grupos. Sobre ellos, los jueces en su informe de mayoría explicaron que los argumentos no son válidos, que los mismos ya han sido despejados en la audiencia que originó la sentencia de apelación del 22 de julio pasado y que la forma en que han sido planteados llevarían a un análisis «vedado» para la etapa de casación, es decir, una nueva revisión de hechos, la alteración del relato así como una revalorización del acervo probatorio.
Sobre la participación y autoría de Rafael Correa, incluidos en el segundo grupo de normas analizadas, los jueces De la Cadena y Layedra recordaron en su informe lo dicho por los Tribunales que les precedieron al respecto de que ellos tuvieron participación en los hechos en calidad de instigadores.
«Del caudal probatorio aportado por las partes procesales se desprende que dado el poder de mando de Rafael Correa y Jorge Glas, su influencia cognitiva y volitiva provocó la resolución delictiva en el ánimo de los demás procesados, por ende se puede colegir que sin su influencia el delito no se hubiera materializado», dijo en su lectura de informe el conjuez De la Cadena.
Correa en una entrevista en la mañana decía que no tenía ninguna expectativa con jueces «puestos a dedo y encargados» e insistía en que por hacerle daño a él se está haciendo daño a inocentes
Con un voto de mayoría también se declararon improcedentes los cargos casacionales del exsecretario Jurídico Alexis Mera, del exministro Vinicio Alvarado, del exlegislador Christian Viteri, de la actual asambleísta Viviana Bonilla, es decir, la pena de ocho años de cárcel y el resto de medidas adoptadas contra ellos como coautores del delito de cohecho agravado quedaron ratificadas.
#ATENCIÓN | #CasoSobornos 2012-2016: Tribunal acoge solicitud de #FiscalíaEc y declara improcedentes los recursos de casación. #ElMomentoJusto
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Para los exministros de Transporte María Duarte y Walter Solis la sentencia queda ratificada, pues el Tribunal no decidió nada respecto a ellos, más aún cuando no se les admitió los cargos para casación.
La sentencia de la exasesora Pamela Martínez tuvo cambios. Pese a que le rechazaron el cargo casacional planteado, el Tribunal casó la sentencia de oficio por una indebida aplicación de la norma relacionada a la cooperación eficaz y en lugar de dejarla con los 32 meses de pena le redujeron la sanción al 10 % de los 8 años como coautora y su nueva sentencia es de 9 meses y 15 días de cárcel.
Pese a que la exasistente de Presidencia, Laura Terán, buscaba en casación que se la declare inocente del delito de cohecho en calidad de cómplice, el voto de mayoría declaró improcedentes los dos cargos casacionales y le ratificó la pena de 3 meses y seis días de cárcel.
La misma suerte de que se les admita los cargos casacionales interpuestos y por ende se les ratifique la sentencia del 21 de julio pasado corrieron los empresarios Teodoro Calle (TGC), Mateo Choi (SK), Manuel Fontana (Fopeca), Ramiro Galarza (Consermin), William Phillips Grupo Azul), Édgar Salas (Consermin), Bolívar Sánchez (Sanrib) y Pedro Verduga (Equitesa). Ellos fueron sentenciados a ocho años de cárcel en calidad de autores directos.
Suertes distintas corrieron los empresarios Rafael Córdova, de la empresa Metco y Alberto Hidalgo, relacionado con la empresa Hidalgo & Hidalgo.
Pese a que a ninguno de los dos se les aceptó los cargos casacionales para que sean debatidos en la audiencia, el Tribunal decidió casar de oficio la sentencia relacionada con Hidalgo, modificando la pena de 32 meses de prisión en calidad de cómplice, por la que inicialmente se le impuso en la primera instancia, es decir, 8 años de cárcel en calidad de autor directo.
Esta sentencia se transforma en icónica dentro del Ecuador, pues nunca antes se había sentenciado en un mismo caso de corrupción a un expresidente y un exvicepresidente de la República, a un secretario jurídico de la Presidencia, a tres exministros de Estado de un mismo periodo de Gobierno y tendencia. (I)