Comisión de Fiscalización entra a votar un informe que recomienda que el juicio político en contra de la ministra de Gobierno, María Paula Romo, pase al pleno

Quito –

A las 08:00 de este jueves 5 de noviembre está convocada la Comisión de Fiscalización para conocer y aprobar el informe sobre el juicio político en contra de la ministra de Gobierno, María Paula Romo, acusada de incumplimiento de funciones en el paro nacional de octubre del 2019.

Un texto borrador entregado ayer a los miembros de la Comisión que investigó a la funcionaria recomienda el juicio político, pero este documento recién será oficial y puesto a consideración de los asambleístas para su votación este jueves.

El presidente de la Comisión de Fiscalización, Elio Peña (PK-BIN), manifestó que formalmente será presentado hoy el informe, pero en su parte sustancial aspira a que el informe pase a conocimiento del pleno de la Asamblea y que en ese escenario se debata la responsabilidad política o no de la ministra acusada, pues no puede una comisión de once asambleístas definir la suerte de una funcionaria de Estado.

Consideró que fueron contundentes las pruebas presentadas en contra de la ministra Romo, y que eso permitió realizar una valoración de lo que sucedió en octubre del 2019, donde hubo prepotencia a un pedido del pueblo de derogar el Decreto 883, que fue el detonante de las manifestaciones.

Respecto al uso de bombas lacrimógenas caducadas en contra de manifestantes, en el informe se señala que luego del análisis de las pruebas de cargo y de descargo se comprueba que, durante el paro de octubre del 2019, la Policía Nacional sí utilizó bombas caducadas para el control de las manifestaciones.

Los interpelantes presentaron el testimonio de dos investigadores, uno de nacionalidad argentina y otra de nacionalidad venezolana, en entrevistas en medios digitales y en videos de YouTube, en los que exponen que las bombas, luego de su fecha de caducidad, independientemente de su almacenamiento, sufrirían cambios químicos que las convertirían en “armas letales”, tanto para los manifestantes como para los miembros de la Policía Nacional.

De acuerdo con la ministra de Gobierno y a la comparecencia del comandante general de la Policía Nacional, tanto el informe de Santa Bárbara E.P y de la empresa Cóndor, pondrían en evidencia no solo que el uso de bombas caducadas no es perjudicial para la salud, sino también que si estas tuvieron un adecuado almacenamiento, independiente de su fecha de expiración, habrían estado en buenas condiciones; es decir, no procedería aplicar sanciones por haberse autorizado su uso, ya que estas no se encontraban en “mal estado”.

Sobre el lanzamiento de bombas lacrimógenas a centros de paz y acogida humanitaria, el informe determina que si bien la ministra de Gobierno y el comandante general de la Policía Nacional manifiestan que no existe evidencia de que hayan sido miembros de esa institución los que habrían arrojado bombas lacrimógenas en el interior de la Universidad Salesiana y de la Universidad Católica de Quito; y que, el haber pedido disculpas y manifestado de que estos hechos no se volverían a repetir, no implica un reconocimiento de la responsabilidad del Estado en estos hechos, sino una estrategia de comunicación para reducir las tensiones y facilitar un ambiente de diálogo; o que, en estos centros no operaban centros de paz, por cuanto este terminología solo aplica a una situación de guerra.

La Comisión de Fiscalización considera que existen indicios suficientes para que el pleno de la Asamblea Nacional debata sobre la responsabilidad política que tiene la ministra de Gobierno sobre lo sucedido la noche del 9 de octubre de 2019.

En torno a la tardía convocatoria al Comité Interinstitucional para la Protección de Periodistas y Trabajadores de la Comunicación, en el informe se señala que de la presentación de las pruebas de descargo presentadas por la ministra se concluye que la funcionaria no es la autoridad responsable de convocarlo; por lo que no tiene responsabilidad política en los hechos planteados por los asambleístas interpelantes en su solicitud de juicio político. (I)