6 casos donde está prohibido adelantar aún sin señales

6 casos donde está prohibido adelantar aún sin señales

6 casos donde está prohibido adelantar aún sin señales. Adelantar a otro vehículo está considerado una maniobra de riesgo. Además, cuando circulamos, hay ocasiones en que el adelantamiento es especialmente peligroso, porque no se dan las condiciones adecuadas para realizarlo de forma segura, ya sea por falta de visibilidad, puntos ciegos… de todos modos, como avisa la DGT, hay que estar alerta; aunque no haya señales en la carretera, hay zonas donde está prohibido adelantar. Si tienes alguna inquietud recuerda contactarnos a través de nuestras redes sociales, o regístrate y déjanos un comentario en esta página. También puedes participar en el WhatsApp. Si usas Telegram ingresa al siguiente enlace.

No te fíes; aquí está prohibido adelantar

Cuando estamos en carretera, siempre que vemos una línea continua pintada sobre el asfalto o la señal correspondiente de borde rojo y fondo blanco con dos vehículos dibujados en ella sabemos que está prohibido adelantar. Sin embargo, hay situaciones donde estos carteles no aparecen.

Pero no tenemos que llevarnos a equívocos; aunque haya carreteras que no muestren ninguna señal de que está prohibido adelantar por esa zona, eso no quiere decir que podamos hacerlo. Siempre hay excepciones, claro, pero hay vías y situaciones que nos lo pueden impedir.

Es esto precisamente lo que ha advertido la Dirección General de Tráfico, donde ha puesto la atención en una serie de casos en los que el adelantamiento está prohibido. Si lo hacemos de manera errónea, en su caso, podemos llevarnos una multa que puede superar los 200 euros.

Situaciones no permitidas

Y es que hacerlo se considera una infracción grave que conlleva, además de esta multa que puede ascender de los 200 euros, la pérdida de cuatro puntos. Por eso, es muy importante saber cuándo no se puede adelantar a un vehículo y aprendérselo de memoria para evitar situaciones de peligro al volante.

En concreto, es el artículo 87 el Reglamento General de Circulación el que regula las prohibiciones relativa a la maniobra de adelantamiento, siendo las que siguen a continuación.

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Prohibido adelantar en curvas y cambios de rasante

La más clara de todas, aunque nunca está de más volverla a repasar. Así, la DGT nos recuerda que, aún sin existir señal que lo prohíba, no está permitido adelantar en curvas o cambios de rasante sin visibilidad.

En el caso de las curvas, el trazado no permite ver quién viene de frente, por lo que la maniobra está prohibida cuando haya niebla, con lluvia, haya árboles o edificios que impidan la visión, etc. Por otro lado, los cambios de rasante muy pronunciados impiden ver el sentido contrario de la circulación, por lo que no podremos realizar la maniobra de adelantamiento de forma segura.

Intersecciones con prioridad

Normalmente, está prohibido adelantar en las intersecciones y en sus proximidades, lugares donde se cruzan distintas trayectorias y la maniobra de adelantamiento puede resultar de mayor riesgo.

Pero, sí está permitido cuando la calzada donde se realiza la maniobra tiene prioridad de paso establecida y hay una señal expresa que lo indica.

Mejor por la izquierda

El adelantamiento se debe realizar por el lado izquierdo del vehículo que se va a adelantar. Aunque -de forma excepcional- se puede adelantar por la derecha si el conductor del vehículo que nos precede expresa su intención de parar o de girar hacia la izquierda.

También esta permitido si circulamos en vías de doble sentido y existe una vía central de tranvía. En este caso, si queremos adelantar, tendremos que hacerlo obligatoriamente por la derecha. Y por último, en las vías dentro de poblado que tengan al menos dos carriles del mismo sentido. En esta situación también se permite realizar el adelantamiento por la derecha. Eso sí, una vez que el conductor se haya cerciorado de que puede hacerlo sin peligro.

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Nunca lo hagas en los pasos de peatones ni en los túneles

En los pasos de cebra son los peatones los que tienen prioridad y adelantar en esta situación supone un riesgo de atropello, ya que se pierde visión lateral y podemos dejar de ver a la persona que cruza.

En este caso hay excepciones, ya que la norma prevé que se pueda adelantar a vehículos de dos ruedas que no impidan la visibilidad o siempre que sea posible detenerse a tiempo sin riesgo de atropello. En el caso de los túneles y los pasos inferiores de doble sentido, el adelantamiento está prohibido si solo se dispone de un carril para adelantar, pues habría que invadir el sentido contrario.

Con ciclistas en carretera

En un tramo de carretera con el adelantamiento prohibido, sí está permitido adelantar a un ciclista (o a varios en grupo) ocupando todo o parte del carril destinado al contrario.

Pero deben cumplirse dos condiciones: una, que se mantenga una separación lateral de seguridad mínima de 1,5 metros; y dos, que no se ponga en riesgo a otros usuarios, incluidos los ciclistas que circulen en carretera en sentido contrario.

Detrás de un camión que adelanta

Por su parte, si los dobles adelantamientos son peligrosos, imagina cuando te precede un vehículo como un camión, que es pesado, lento y voluminoso, que adelanta. No sólo estarás demasiado tiempo detrás de él (con el riesgo de que pegue un frenazo en cualquier momento), sino que no le dejarás opción de abortar la maniobra si es necesario, estorbarás al rebasado y no verás el carril contrario.

Si este vehículo se encuentra realizando la maniobra de adelantamiento, no debemos situarnos detrás, ya que nos impedirá ver, con el consiguiente riesgo de colisión.