Cannabis medicinal, otro tema polémico en Código de la Salud

El uso del cannabis, más conocido como marihuana, con fines medicinales, es otro de los temas que está generando debate en el interior de la Comisión del Derecho a la Salud de la Asamblea Nacional.

Aunque el uso general de cepas, moléculas o principios activos de sustancias sujetas a fiscalización con fines terapéuticos ya aparece en la sección de Disposiciones Generales de la Ley de Prevención de las Drogas, la inclusión del tema en el actual proyecto de Código Orgánico de la Salud no es del agrado de algunos asambleístas dentro de la misma Comisión.

Poly Ugarte, asambleísta del PSC-MG, considera que con la inclusión del tema se “puede atentar contra la vida de los ciudadanos… no se trata de una crema, de un aceite, se trata de dar licencias para cultivos, sembríos, para almacenar, industrializar y dispensar; es decir, comercializar el cannabis…”.

Ugarte se refiere al artículo 333 del proyecto que faculta a la Autoridad Sanitaria Nacional (ASN), actualmente el Ministerio de Salud Pública, para otorgar “licencias para la siembra, cultivo, cosecha, industrialización, almacenamiento y dispensación con fines medicinales y terapéuticos…”.

Verónica Espinosa, ministra de Salud, sostiene que se está politizando un tema que no es nuevo, debido a que la cartera de Estado que dirige “tiene la potestad para autorizar o negar y regular, digamos, este tipo de plantaciones; todavía no se está dando en nuestro país, pero eso ya está en la ley…”.

Espinosa hace referencia a la Ley de Drogas, expedida en el 2015, que al igual que el proyecto del Código de la Salud, da a la ASN la facultad de regular y controlar el uso y distribución de esos medicamentos.

William Garzón (AP), presidente de la Comisión, dice que hay la intención de infundir miedo en la gente, porque el proyecto de ley no menciona el uso recreativo de la marihuana ni de permitir a cualquier persona la siembra.

“No es que todo el mundo va a tener sembrado en su patio el cannabis, tendrán que cumplir una serie de requisitos que la ASN en su momento tendrá que reglamentar…”, señala.

En una entrevista en Radio Pública, Mónica Quinatoa, directora nacional de Control Sanitario del Ministerio de Salud Pública, el pasado 18 de mayo, adelantó que existe un borrador de reglamento que, entre otras cosas, señala podrán usar medicamentos que contengan cannabis solo a pacientes con dolor oncológico y neuropático, vómito y náusea posquimioterapia, epilepsia refractaria, y otras enfermedades.

Ese borrador especifica, además, qué especialistas estarán autorizados para la prescripción de la medicina

Entre los profesionales de la salud también hay desacuerdo con el uso del cannabis medicinal. Nadia Donadonibus, especialista en conductas adictivas, señala el riesgo de aumentar el número de adictos si se excede el porcentaje indicado del principio del cannabis en los medicamentos.

“¿Cuántos enfermos hay que se pueden beneficiar de la marihuana medicinal? Más cómodo sería para estas personas es tener aquí la medicina que ya la producen otros países…”.

En la importación de la medicina está de acuerdo el asambleísta Jorge Yunda, vicepresidente de la Comisión, quien también es médico. “Pero eso que lo cultivemos, que nos den una licencia para sembrar en las casas, me parece que sería un riesgo innecesario tomando en cuenta lo grave de la adicción que pueda darse…”.

Walter Ojeda, especialista en Medicina Interna, quien está a favor del uso del cannabis medicinal, cuenta que desde hace cinco años su esposa usa el aceite de cannabis por un problema cervical, a nivel de cuello, y que los resultados han sido excelentes. “Eran unas crisis terribles y desde que comenzó a tomar no presenta las crisis hasta el día de hoy”.

Ojeda enfatiza que se debe asegurar que el uso de la medicina sea únicamente con prescripción médica. (I)

Productos

Venta

Medicina natural


En el centro de Guayaquil, varios locales de venta de medicinas naturales expenden productos derivados del cannabis. Así, un frasco de 30 pastillas cuesta $ 17; un jarabe, $ 15; y un gel pomada, $ 5. En las etiquetas están marcadas las enfermedades que supuestamente alivian.

La ley dice

Ley de Drogas

Disposición General


“La producción, comercialización, distribución y uso de medicamentos y productos que contengan sustancias catalogadas sujetas a fiscalización podrán efectuarse exclusivamente con fines terapéuticos o de investigación científica, previa autorización por escrito otorgada por la Autoridad Sanitaria Nacional…”.

Proyecto Código de Salud

Art. 333


“La Autoridad Sanitaria Nacional determinará las enfermedades o condiciones médicas que podrán ser tratadas con cannabis, regulará las concentraciones de dichas sustancias en los medicamentos… y, otorgará las licencias para la siembra, cultivo, cosecha, industrialización, almacenamiento y dispensación…”.

Borrador de Reglamento

Art. 5


“Los profesionales médicos facultados para prescribir productos farmacéuticos que contienen cannabinoides serán aquellos que cuenten con títulos profesionales en las siguientes especialidades médicas: Oncología, Neurología, Neuropediatría (…), Infectólogos (…); y otros profesionales médicos que traten a pacientes en cuidados paliativos…”.